El pasado 19 de septiembre fue publicada esta nueva Ley, que entrará en vigor el 19 de octubre de 2014.
Tiene por objeto establecer el marco normativo regulador del ejercicio de la actividad industrial en Castilla y León, y el fomento de la misma.
Quedan comprendidas en su ámbito de aplicación todas las actividades industriales que se desarrollen en el territorio de Castilla y León, considerando como tales «las dirigidas a la obtención, reparación, mantenimiento, transformación o reutilización de productos industriales, el envasado y embalaje, así como el aprovechamiento, recuperación y eliminación de residuos o subproductos, cualquiera que sea la naturaleza de los recursos y procesos técnicos utilizados.» También estarán incluidos en este ámbito los servicios de ingeniería, diseño, consultoría tecnológica y asistencia técnica directamente relacionados con las actividades industriales.
Las disposiciones sobre seguridad industrial serán de aplicación en todo caso a las instalaciones, equipos, actividades, procesos y productos industriales que, radicados en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, utilicen o incorporen elementos, mecanismos o técnicas susceptibles de producir daños o perjuicios a las personas, flora, fauna, bienes o al medio ambiente.
A su entrada en vigor, que tendrá lugar el 19 de octubre de 2014, quedará derogada la Ley 3/1990, de 16 de marzo, de Seguridad Industrial de Castilla y León.
Además, en la Disposición Final Primera se establece que, en el plazo de 9 meses desde la aprobación de esta Ley, la Junta de Castilla y León aprobará el primer Plan Director de Promoción Industrial de Castilla y León. Texto completo de la norma.