El pasado viernes 23 de junio fue aprobado en Consejo de Ministros, el nuevo Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ-0 a 10.
La publicación de un nuevo Reglamento APQ viene justificado por la necesidad de adaptar las instrucciones técnicas a la evolución técnica y a la experiencia adquirida en todos estos años en materia de almacenamiento de productos químicos. Por otra parte, era necesario adaptar el almacenamiento a dos Reglamentos:
REGLAMENTO (CE) nº 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH), por el que se crea la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos, se modifica la Directiva 1999/45/CE y se derogan el Reglamento (CEE) nº 793/93 del Consejo y el Reglamento (CE) nº 1488/94 de la Comisión así como la Directiva 76/769/CEE del Consejo y las Directivas 91/155/CEE, 93/67/CEE, 93/105/CE y 2000/21/CE de la Comisión.
Reglamento (CE) nº 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y por el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y se modifica el Reglamento (CE) nº 1907/2006.
Entre los cambios que aporta este nuevo Reglamento cabe destacar la incorporación de 2 nuevas ITCs APQ 0 y APQ 10 y el cambio de denominación de algunas de las ITCs existentes quedando la estructura del siguiente modo
- INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA MIE APQ-0 «DEFINICIONES GENERALES”
- INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA MIE APQ-1 «ALMACENAMIENTO DE LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES EN RECIPIENTES FIJOS«
- INSTRUCCION TECNICA COMPLEMENTARIA MIE APQ-2 «ALMACENAMIENTO DE OXIDO DE ETILENO EN RECIPIENTES FIJOS»
- INSTRUCCION TECNICA COMPLEMENTARIA MIE APQ-3 «ALMACENAMIENTO DE CLORO»
- INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA MIE APQ-4 «ALMACENAMIENTO DE AMONÍACO ANHIDRO»
- INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA MIE APQ-5 «ALMACENAMIENTO DE GASES EN RECIPIENTES A PRESION MOVILES”
- INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA MIE APQ-6 «ALMACENAMIENTO DE LÍQUIDOS CORROSIVOS EN RECIPIENTES FIJOS»
- INSTRUCCIÓN TECNICA COMPLEMENTARIA MIE APQ-7 «ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS TOXICOS EN RECIPIENTES FIJOS»
- INSTRUCCIÓN TECNICA COMPLEMENTARIA MIE APQ-8 “ALMACENAMIENTO DE FERTILIZANTES A BASE DE NITRATO AMONICO CON ALTO CONTENIDO EN NITROGENO
- INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA MIE APQ-9 «ALMACENAMIENTO DE PERÓXIDOS ORGÁNICOS Y DE MATERIAS AUTORREACTIVAS»
INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA MIE APQ-10 «ALMACENAMIENTO EN RECIPIENTES MÓVILES
Como puede apreciarse en el listado, la diferencia con respecto al Reglamento actual es que este Real Decreto incorpora dos nuevas ITC, la MIE APQ 0 recoge las definiciones que aparecen en todas las ITCs y la ITC MIE APQ 10 recoge todas las obligaciones relativas a recipientes móviles; así, las instrucciones técnicas complementarias MIE APQ-1, MIE APQ-6 y MIE APQ-7, solo establecen disposiciones relativas a recipientes fijos pasando todo lo relacionado con recipientes móviles a ser regulado por esta nueva ITC MIE APQ10.
Finalmente, la ITC MIE APQ5 que actualmente regula el almacenamiento de botellas y botellones de gases comprimidos licuados y disueltos a presión, se amplía a todos los recipientes a presión transportables.
Este nuevo Reglamento incorpora más modificaciones y novedades en su articulado y en las diferentes ITCs que iremos comentando próximos artículos una vez sea publicado en el Boletín Oficial del Estado.