Detectado en el control fronterizo español Bonito Atlántico congelado proveniente de Marruecos con un mantenimiento inadecuado de la cadena de frío (temperaturas de entre -7.5 y -11.8°C), los productos congelados deben encontrarse a temperaturas inferiores a – 18°C. Así viene detallado en el Reglamento (UE) N o 558/2010 DE LA COMISIÓN de 24 de junio de 2010 que modifica el anexo III del Reglamento (CE) n o 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.
Durante los meses de verano, las altas temperaturas suponen un riesgo para mantener la cadena de frío. Una rotura de la cadena de frío puede desencadenar la proliferación de microorganismos, perdida de la calidad del producto (características organolépticas) y generar un riesgo de intoxicación (elevados niveles de histamina). Se debe atender a las obligaciones legales establecidas para el transporte de alimentos en frío que aseguren la entrega de productos seguros al consumidor.
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