Esta semana la Comisión Europea recibía una notificación desde Países Bajos, en relación a la llegada de latas de atún amarillo en mal estado procedentes de Surinam (América del Sur).
El producto (Reglamento (CEE) nº 1536/92 del Consejo, de 9 de junio de 1992, por el que se aprueban normas comunes de comercialización para las conservas de atún y de bonito) se encontraba en proceso de descomposición. Este deterioro dio lugar a la alteración de sus características organolépticas, sin entrañar peligro para el consumidor debido a que las latas fueron detectadas antes de su puesta en el mercado.
Esta rápida actuación fue posible gracias a que los explotadores de empresas alimentarias deben contar con un sistema de trazabilidad que les permita identificar a sus proveedores y clientes inmediatos, cumpliendo con el Reglamento (CE) n° 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria.
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